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Apoyo financiero de EIT Climate-KIC para start-ups COVID-19

Apoyo específico a estudiantes, emprendedores e innovadores dedicados a desarrollar soluciones innovadoras para los desafíos de la sociedad.

Hasta el domingo, 07 de junio de 2020 a las 23:59

La pandemia provocada por la COVID-19 ha afectado significativamente a la sociedad, a la economía y a millones de personas en todo el mundo, y este impacto se siente en toda nuestra Comunidad del EIT. La misión del EIT es proporcionar un apoyo específico a estudiantes, emprendedores e innovadores de toda Europa, dedicados a desarrollar soluciones innovadoras para los desafíos de la sociedad.

En consecuencia, EIT Climate-KIC está apoyando esta iniciativa extraordinaria en respuesta a la crisis de la pandemia. Esta iniciativa apoya dos líneas paralelas de actividad para:

  • (i) Proporcionar apoyo inmediato y de emergencia a determinadas start-ups positivas para el clima y a pequeñas empresas afectadas por la COVID-19
  • (ii) Apoyar determinados proyectos necesarios para regenerar y reiniciar nuestras economías, de acuerdo con la misión del EIT Climate-KIC de lograr una transformación del sistema hacia una economía de bajas emisiones de carbono. Como parte de la Iniciativa de Respuesta a la Crisis del EIT, esta actividad contribuye directamente a la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19.

La convocatoria que se centra específicamente en el apoyo a las start-ups (i) tiene la fecha límite de solicitud el 7 de junio de 2020.

Para obtener más información sobre el apoyo a los proyectos (ii), haga clic aquí.

¿Qué ofrecen?

EIT Climate-KIC ofrecerá un paquete de de ayudas económica a las empresas seleccionadas por un período máximo de 6 meses.

La solicitud económica de la propuesta deberá ser razonable, con el fin de garantizar que la empresa es capaz de integrar la ayuda en el plazo indicado. Las empresas que reciban apoyo estarán sujetas a la presentación de informes de rendimiento y costos, así como a exámenes y auditorías.

La financiación se articulará en un convenio de subvención sin precio de hasta 500.000€ que se podrá convertir en capital social. Los eventos de conversión podrían ser una ronda de financiación a precio posterior, en caso de una venta comercial, o a largo plazo. Los detalles específicos se elaborarán sobre la base de las solicitudes concretas.

Todos los materiales de comunicación y difusión relacionados con esta iniciativa incluirán la marca compartida y los logotipos del EIT Climate-KIC y de la UE e incluirán la siguiente declaración: Como parte de la Iniciativa de Respuesta a las Crisis del IET, esta actividad contribuye directamente a la respuesta de la Unión Europea a la pandemia COVID-19.

¿Quién puede beneficiarse de la ayuda?

  • Start-ups, scaleups y PYMES con las siguientes características:
  • Que la empresa se haya constituido en los últimos 10 años
  • Que encaje en la definición de la Comisión Europea de PYME*
  • Que tenga un impacto significativamente positivo para el clima.
  • Que la COVID-19 está afectando directamente a su negocio.
  • Que pueda asignar fondos de entre 300.000€ y 500.000€ en un plazo de 3 a 6 meses.
  • Que la empresa tenga sede en un Estado miembro de la UE o en un lugar donde opere nuestro programa de aceleración Accelerator.
  • Que contribuya a la sostenibilidad financiera de EIT Climate-KIC mediante un mecanismo de capital convertible, en contraprestación a la ayuda.
  • Nota importante: no es un requisito haber sido apoyado por algún programa de apoyo a empresas de EIT Climate-KIC (por ejemplo, Climate Launchpad o Accelerator).

¿En qué se podría emplear la ayuda?

Los emprendedores pueden utilizar el apoyo financiero dentro de un período de tiempo definido y para ciertos costes que sean relevantes para el desarrollo del negocio. La primera fecha de elegibilidad es el 1 de abril de 2020, y la última es el 31 de diciembre de 2020. Sólo se podría gastar una parte de la subvención a principios de 2021 y bajo ciertas circunstancias.

  • Los costes para los que se puede utilizar el apoyo financiero serían:
  • Gastos de personal relacionados con el desarrollo de la empresa.
  • Gastos de viaje y dietas para asistir a las actividades del programa y a los eventos y ferias que sean relevantes para el desarrollo de la empresa.
  • Los gastos de amortización aplicables de los activos fijos pertinentes para el desarrollo de la empresa (por ejemplo, materiales, equipo necesario para la construcción de un prototipo).
  • Los bienes fungibles pertinentes para el desarrollo de la empresa.
  • Los servicios necesarios para el desarrollo de la empresa (por ejemplo, jurídicos, de propiedad intelectual, asesoramiento de expertos, asesoramiento financiero, marcas, etc.).
  • Los servicios necesarios para el desarrollo de la empresa (por ejemplo, jurídicos, de propiedad intelectual, asesoramiento de expertos, asesoramiento financiero, marcas, etc.).
  • El apoyo financiero se emitirá en forma de cantidades globales, en cuotas prefinanciadas y liquidables hasta el 31 de diciembre de 2020.

¿Cómo se evaluarán las solicitudes?

  • Para evaluar las solicitudes se utilizarán los siguientes criterios:
  • Impacto climático potencial.
  • Las personas y el equipo.
  • Oportunidad de mercado (TAM, SAM, SOM).
  • Innovación del producto/servicio.
  • Contribución significativa a la prevención de problemas relacionados con COVID-19 y justificación de la solicitud financiera.
  • Rendimiento alcanzado en el programa Accelerator e información del director del programa (si se dispone de ella).

¿Cómo es el proceso?

  • Fecha límite de solicitud: 7 de junio de 2020
  • Comentarios sobre su propuesta (preselección): 20 de junio de 2020
  • Fase de diligencia debida: 22 de junio – 31 de julio de 2020
  • Fase de inversión: 1 de julio a 30 de septiembre de 2020

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